Rectoría

Funciones

  • Dirigir y coordinar la labor administrativa, académica, cultural y de investigación de la Universidad;
  • Nombrar a los Vicerrectores y al Secretario General de la Universidad, cuya designación deberá ser ratificada por el Consejo General Universitario;
  • Nombrar y remover al personal docente, administrativo y de investigación, de acuerdo con la Ley, el Estatuto y los reglamentos universitarios, así como a los funcionarios cuyo nombramiento o remoción no estén atribuidos a otras autoridades;
  • Ratificar los nombramientos de los Secretarios Administrativos de las Facultades, así como los Secretarios Administrativos y Secretarios de Asuntos Estudiantiles de los Centros Regionales Universitarios.
  • Expedir con los Decanos de Facultades o Directores de Institutos los respectivos diplomas que otorgue la Universidad,
  • Someter a discusión del Consejo General Universitario el proyecto de presupuesto anual de la Universidad y presentarlo a las autoridades nacionales competentes;
  • Designar comisiones para que lo asesoren en la solución de problemas de interés universitarios;
  • Desarrollar la política de interrelación de la Universidad y la comunidad y dirigir las relaciones externas de la Universidad;
  • Dirigir la preparación del plan de desarrollo de la Universidad y presentarlo a los organismos universitarios competentes;
  • Mantener el orden y normal funcionamiento de la Universidad, adoptando las medidas pertinentes;
  • Objetar razonadamente, ante le Consejo que corresponda, cualesquiera medidas adoptadas por las Facultades y demás dependencias universitarias que, en su concepto, no se ajusten a las normas y fines por los cuales se rige la Universidad de Panamá, o sean perjudiciales a los intereses de la Institución;
  • Aplicar las sanciones disciplinarias que le correspondan de acuerdo con el Estatuto o los reglamentos universitarios.
  • Presentar un informe anual de su labor al Consejo General Universitario y a la Asamblea Nacional de Diputados y,
  • Representar a la Universidad en los actos, ceremonias y comunicaciones oficiales.

Â